ACTUALIZACIÓN NORMATIVA – PREVISIONES DE IGJ EN EL DISPO
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ACTUALIZACIÓN NORMATIVA – PREVISIONES DE IGJ EN EL DISPO

ACTUALIZACIÓN NORMATIVA
PREVISIONES DE IGJ EN EL DISPO
Continúan permitidas las reuniones a distancia, y suspendidos los plazos de elección de autoridades de las asociaciones civiles. IGJ aumentará los controles en cuanto al cumplimiento de los requisitos para la celebración de las reuniones a distancia de los órganos sociales.
Nueva Resolución de la Inspección General de Justicia (“IGJ”)
Resolución General IGJ N°46/2020 – Ver Completa
Con fecha 27/11/2020 se publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina la Resolución General IGJ Nº 46/2020, a través de la cual se establece que:
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Continúan siendo válidas las reuniones del órgano de administración o de gobierno de sociedades, asociaciones civiles o fundaciones celebradas a distancia mediante la utilización de medios o plataformas informáticas o digitales, cuando sean celebradas con todos los recaudos previstos, de la Resolución General IGJ Nº 11/2020, incluso sin que este mencionado en el estatuto mientras dure el período en que por disposición del Poder Ejecutivo Nacional, se prohíba, limite o restringa la libre circulación de las personas en general, como consecuencia del estado de emergencia sanitaria declarada por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 875/2020 y sus eventuales prórrogas.
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Una vez finalizado el período de excepción dispuesto por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 875/2020 (relativo al Distanciamiento social y al aislamiento social), las asociaciones civiles, cuyos términos de los mandatos fueron prorrogados a través de la Resolución 39/2020 IGJ, deben realizar la elección de autoridades pertinente (Si no lo hubieran realizado mediante reuniones a distancia) en la primer asamblea que se convoque, indicando la fecha concreta de finalización de los mandatos.
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La INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA declarará irregulares e ineficaces las reuniones sociales que se celebren en violación a la presente y/o a las Resoluciones Generales vigentes aplicables y/o a las disposiciones del DNU PEN N° 875/20 y/o a las normas posteriores que en su reemplazo se dicten.
La Resolución entra en vigencia el día de su publicación, el 27 de noviembre de 2020.