ACTUALIZACIÓN NORMATIVA SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA
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ACTUALIZACIÓN NORMATIVA SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA

NOVEDADES
CON RESPECTO AL ADMINISTRADOR RESIDENTE EN EL EXTRANJERO
Nueva Resolución de la Inspección General de Justicia (“IGJ”)
Con fecha 04/05/2020
se publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina la Resolución General IGJ Nº 20/2020,
que exige la presentación en IGJ de un poder que debe otorgar el administrador
residente en el extranjero a su representante residente en la República Argentina.
Resolución General IGJ N°20/2020 – Ver
Completa
Esta
Resolución dispuso:
- Según lo establecido en el Art. 51 de la ley 27.349,
que regula las Funciones del Administrador, “…Los
miembros extranjeros deberán contar con Clave de Identificación (CDI) y
designar representante en la República Argentina”. La IGJ dispuso, a
través de la modificación del Art. 38 de la RG IGJ 6/2017, la presentación al
momento de la constitución de una SAS de los poderes
otorgados al representante del administrador de las SAS domiciliados en el
extranjero […], los
cuales solo podrán ser otorgados a favor del o los administradores del órgano
colegiado de administración que residan en la República Argentina. La
Inspección General de Justicia objetará la inscripción de poderes generales de
administración y disposición de bienes sociales.”
En definitiva, al
momento de constituir una SAS, se agrega el requisito de presentar un poder
otorgado por el o los administradores que residan en el extranjero, en favor
del o de los administradores que residan en la República Argentina. El poder
debe ser exclusivamente de representación, quedando excluidos los poderes
generales de administración y disposición, con respecto a los bienes sociales.
La Resolución se encuentra vigente a partir del día 4/5/2020.